La etiqueta ecológica es un distintivo, común a todos los países de la Unión Europea, que se otorga a determinados productos, que siguiendo una serie de criterios ecológicos, se considera que tienen un menor impacto mediambiental en comparación con otros productos de la misma categoría.
El sistema de eco-etiquetaje fue regulado por vez primera por el Reglamento (CEE) 880/92, sin embargo la legislación actualmente aplicable es el Reglamento (CE) 1980/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un sistema comunitario revisado de concesión de la etiqueta ecológica. En septiembre de 2005 está previsto que comience una nueva revisión del sistema. El esquema presenta los siguientes caracteres:
Selectivo: sólo se concede a los productos con escaso impacto ambiental.
Transparente: los criterios ecológicos se elaboran y desarrollan con aportaciones de interesados (organizaciones y asociaciones de industria, comercio, consumidores y ecologistas) y la etiqueta se concede por un organismo independiente.
Enfoque amplio: se analiza el ciclo de vida completo del producto o servicio para estudiar todos sus posibles impactos ambientales.
Tiene una dimensión europea: incluye a los países miembros de la Unión y también a Noruega, Islandia y Liechtenstein.
Es voluntario y no supone una barrera al libre comercio.
La etiqueta ecológica es un distintivo, común a todos los países de la Unión Europea, que se otorga a determinados productos, que siguiendo una serie de criterios ecológicos, se considera que tienen un menor impacto mediambiental en comparación con otros productos de la misma categoría.
El sistema de eco-etiquetaje fue regulado por vez primera por el Reglamento (CEE) 880/92, sin embargo la legislación actualmente aplicable es el Reglamento (CE) 1980/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un sistema comunitario revisado de concesión de la etiqueta ecológica. En septiembre de 2005 está previsto que comience una nueva revisión del sistema. El esquema presenta los siguientes caracteres:
Selectivo: sólo se concede a los productos con escaso impacto ambiental.
Transparente: los criterios ecológicos se elaboran y desarrollan con aportaciones de interesados (organizaciones y asociaciones de industria, comercio, consumidores y ecologistas) y la etiqueta se concede por un organismo independiente.
Enfoque amplio: se analiza el ciclo de vida completo del producto o servicio para estudiar todos sus posibles impactos ambientales.
Tiene una dimensión europea: incluye a los países miembros de la Unión y también a Noruega, Islandia y Liechtenstein.
Es voluntario y no supone una barrera al libre comercio.
Con este Reglamento se establecen los principios, objetivos y los requisitos tanto formales como materiales para la concesión de la etiqueta ecológica. El objetivo de l sistema de atribución de etiqueta ecológica es:
Fomentar los productos con un impacto medioambiental reducido, en comparación con productos de la misma categoría.
Proporcionar a los consumidores orientación e información exacta y con base científica sobre los productos.
Su ámbito de aplicación se extiende a todo tipo de productos, con la excepción de:
Productos alimenticios
Bebidas
Productos farmacéuticos
Dispositivos médicos definidos en la Directiva 93/42/CEE
Sustancias o preparados clasificadas como peligrosas según lo dispuesto en las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CEE
Productos fabricados mediante métodos que puedan perjudicar de modo significativo al hombre o al medio ambiente
La etiqueta ecológica puede concederse a productos existentes en la Comunidad que cumplan tanto unos requisitos medioambientales, como los criterios de la etiqueta ecológica.
Los requisitos medioambientales, señalados en el Anexo I del Reglamento, son la calidad del aire y del agua, la protección del suelo, la reducción de residuos, el ahorro de energía, la gestión de los recursos naturales, la prevención del calentamiento global, la protección de la capa de ozono, la seguridad ambiental, el ruido y la biodiversidad.
Estos aspectos son considerados durante toda la vida del producto: desde la obtención de las materias primas hasta la gestión de los residuos pasando por la producción, el envasado y la distribución, la utilización y el reciclado o eliminación.
Por otro lado, los criterios de etiqueta ecológica se establecen por categorías de productos y han de contener los requisitos correspondientes a cada uno de los aspectos medioambientales claves anteriormente mencionados, estos criterios se basan en:
las perspectivas de penetración de los productos en el mercado,
la viabilidad de las adaptaciones técnicas y económicas necesarias,
el potencial de mejora del medio ambiente.
Su establecimiento y revisión corresponde al Comité de etiqueta ecológica de la Unión Europea (CEEUE), que también se encarga de los requisitos de valoración y verificación vinculados a esos criterios, todo ello se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Esas categorías de productos deben cumplir las condiciones siguientes:
representar un volumen significativo de ventas y comercio en el mercado interior
tener un impacto ambiental importante
presentar un potencial significativo para mejorar el medio ambiente a través de la opción de los consumidores
destinar una parte significativa de su volumen de ventas al consumo final.
Hasta la fecha, la Comisión Europea ha aprobado los criterios para la concesión de etiquetas ecológicas a 27 productos y servicios agrupados en las siguientes categorías: productos de limpieza, electrodomésticos, productos de papel, casa y jardín, ropa y textil, turismo y lubricantes.
Más información / Cómo solicitar la etiqueta
Para más información consulte a los servicios técnicos de ECOMUNDIS
Aquesta adreça de correu electrònica està protegida contra els robots d'spam, necessites activar Javascript per veure-la